
La causa impulsiva como criterio para determinar la vía mercantil
Por Mtro. Adrián Alfonso Paredes Santana
La tesis aislada VI.1o.C.31 C (12a.) reconoce la vía mercantil en convenios mixtos cuando una parte persigue especulación comercial, privilegiando la causa impulsiva sobre la denominación formal del negocio jurídico finalmente celebrado.























