El deber fiduciario en la función de un Consejo de Administración
Lo que necesitas saber sobre el deber fiduciario y cómo cumplir con tus responsabilidades como consejero o miembro del Consejo de Administración.

El deber fiduciario es un tema crucial en el mundo empresarial, especialmente para los consejeros y miembros del Consejo de Administración. El Consejo Coordinador Empresarial (CCE), a través de su Comisión de Gobierno Corporativo y diversas subcomisiones se crea este anexo mediante el cual se aborda conforme a las sugerencias de las prácticas del Código de Principios y Mejores Prácticas de Gobierno Corporativo (CPMPGC) el tema del “Deber Fiduciario”.
Dentro del marco regulatorio existen ciertas obligaciones legales que deben cumplirse para garantizar la lealtad y diligencia en el desempeño de sus funciones, mismas que son abordas por la mejor práctica 24 del CPMPGC. En este artículo, se abordará lo relacionado con el deber fiduciario, desde su definición hasta las responsabilidades y seguros para consejeros. Además, se ofrecen recomendaciones prácticas para cumplir con estos deberes fiduciarios y asegurar llevar un buen gobierno corporativo.
El deber fiduciario es un tema fundamental en cualquier entidad, se refiere a la responsabilidad moral, ética y legal de actuar siempre en el mejor interés de la propia organización y sus grupos de interés. Se conforman por dos elementos principales: el deber de lealtad y el deber de diligencia.
El primero representa la obligación por parte de los miembros del órgano de gobierno, incluyendo a los consejeros y secretario, de guardar confidencialidad respecto a la información y los asuntos que tengan conocimiento con motivo de su cargo en la organización, cuando dicha información no sea de carácter público. Además, deben tomar decisiones siempre en beneficio de la organización y sus grupos de interés. Por otro lado, el deber de diligencia implica que estos sujetos también deben actuar con prudencia y cuidado razonable al tomar decisiones importantes. Esto significa que deben estar informados adecuadamente sobre los temas relevantes para su trabajo, evaluar las opciones disponibles y tomar decisiones basadas en criterios objetivos.
El deber de lealtad tiene varios elementos que son fundamentales para garantizar una buena ejecución de sus funciones, así como en la toma de decisiones éticas y responsables, estos son sus elementos:
1. Confidencialidad: Cuidar guardar confidencialidad respecto a la información y los asuntos que tengan conocimiento con motivo de su cargo en la organización, cuando dicha información no sea de carácter público.
2. Trato equitativo: Los consejeros deben asegurar un trato equitativo para todos los propietarios (accionistas) o grupos de propietarios, independientemente de su participación en el capital.
3. Evitar conflictos de interés: Evitar cualquier situación que pueda propiciar algún conflicto de interés que pueda afectar su capacidad para tomar decisiones.
4. Tomar decisiones en beneficio de la organización: Las decisiones siempre deben tomarse en beneficio de la entidad y sus grupos de interés, evitando favorecer intereses particulares.
Por otro lado, como se mencionó el deber de diligencia se refiere principalmente a la actuación cuidadosa y prudente de los miembros del Consejo de Administración, como si se tratara de sus propios asuntos. Implica poner la debida atención en el proceso de toma de decisiones, realizar una evaluación suficiente y tener el mayor cuidado para evitar decisiones que puedan ser catalogadas como irracionales. Los elementos que la conforman son los siguientes:
1. Actuación cuidadosa y prudente: En todas las tomas de decisiones, considerando siempre los intereses de la entidad y sus grupos de interés.
2. Evaluación suficiente: Realizar evaluaciones suficientes antes de tomar cualquier decisión importante, considerando todos los factores relevantes y las posibles consecuencias.
3. Evitar decisiones irracionales: Tener el mayor cuidado para evitar decisiones que puedan ser catalogadas como irracionales.
4. Asistencia a reuniones: Los consejeros deben dedicar el tiempo suficiente para el ejercicio de su función, asistiendo como mínimo al 70% de las reuniones a las que sean convocados.
Finalmente, a manera de conclusión, el deber de diligencia implica una serie de obligaciones éticas y legales que los miembros del Consejo deben cumplir, en cada ejercicio de su cargo, para garantizar un buen gobierno corporativo, siempre imperando una toma de decisiones responsable y ética. La actuación prudente, la evaluación suficiente, evitar decisiones irracionales y asistir a reuniones son algunos elementos clave del deber fiduciario.


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