Tasas Efectivas de Impuesto: una revisión a profundidad
Recomendaciones para contribuyentes sobre parámetros de riesgo impositivos para determinar su salud fiscal

El concepto de tasas efectivas de impuesto tiene su origen en la reciente reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) del pasado 8 de diciembre del 2020. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) utiliza estas tasas efectivas del impuesto sobre la renta (ISR) para medir los riesgos impositivos. Estas tasas se obtienen dividiendo el ISR causado en el ejercicio entre los ingresos acumulables del mismo. Las autoridades fiscales publican estas tasas efectivas de forma periódica, aunque no son vinculantes para los contribuyentes. Es posible que se utilicen como referencia para seleccionar a los contribuyentes sujetos a auditoría.
En esta situación, los tributantes deben analizar cuidadosamente su tasa efectiva de impuestos para los años fiscales pertinentes. Deben examinar las posibles causas de la diferencia entre la tasa efectiva de impuestos publicada como referencia y la tasa efectiva de impuestos propia. Esto incluye asegurarse de que la documentación de apoyo pertinente esté disponible en caso de una auditoría.
Debemos tomar en consideración cuál es el alcance de la normativa fiscal aplicable, ya que la redacción del primer párrafo del artículo 33 Bis de la Ley del ISR, establece que esta información es en general para los contribuyentes de este gravamen, y no hace referencia exclusiva a que será utilizada sólo para aquellos que forman parte del padrón de grandes contribuyentes. Sin embargo, el SAT, cuando publica las listas, las titula como “Tasas efectivas de Impuesto sobre la Renta de Grandes Contribuyentes”. Esto provoca una confusión adicional, dado que el título hace referencia a “de” grandes contribuyentes y no a “para”; por lo que es necesario determinar con exactitud de qué contribuyentes se trata. En lo personal, al ser un indicador para calificar el riesgo de un contribuyente, no es aplicable a cualquiera.
Adicional, el segundo párrafo del precepto en mención establece claramente que la autoridad podrá informar a los contribuyentes, de manera general y no especifica al sector de grandes contribuyentes. En consecuencia, esta información es útil para todos, y debemos tener en claro que es posible que sea una herramienta adicional para calificar el riesgo fiscal de cualquier contribuyente, no siendo necesariamente exclusiva para los grandes contribuyentes.
En este orden de ideas, los contribuyentes deben tener claro que la información fiscal que se refleja en esas listas es de carácter general, sin ningún tipo de limitaciones para todos los aquellos que ingresen dentro de los sectores económicos y porcentajes establecidos en esta Ley.
En conclusión, el concepto de tasas efectivas de impuesto será uno de los principales parámetros empleados por el fisco para medir los riesgos impositivos. Los contribuyentes deben estar al tanto de este concepto y prepararse para posibles invitaciones o auditorías, sin importar que sean grandes contribuyentes o no, como se explicó es aplicable a mi apreciación a todos, pues no olvidemos que sólo es un simple indicador que sirve para establecer los criterios de un programa de fiscalización por parte de la autoridad.


Sobre el autor
Mtro. Adrián Alfonso Paredes Santana
Licenciado en Contaduría Pública y Abogado por la Universidad de Guadalajara, Maestro en Impuestos por Instituto de Especialización para Ejecutivos (IEE), Socio de las firmas PVE Consultores y ASMX Solutions
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