Comprobantes de Nómina CFDI 4.0 con RFC Genérico
Cómo utilizar los RFC genéricos para la emisión de comprobantes de nómina en el CFDI versión 4.0

Con la puesta en marcha de la versión 4.0 del Comprobante fiscal Digital por Internet (CFDI) entran en operación una serie de nuevas validaciones que inciden en la manera de comprobar gastos. Uno de los requisitos en el tema de Nóminas, consiste en que la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del receptor debe encontrarse activo en la base de datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto ha llevado a la idea equivocada de que no se puede utilizar un RFC genérico para la emisión de comprobantes de nómina. La presente nota ofrecerá un análisis de los lineamientos que deben seguirse para su utilización para la emisión de comprobantes de nómina.
En primer lugar, es importante mencionar que los RFC genéricos previstos por la normatividad fiscal, como la sabe estimado lector, son los siguientes: XAXX010101000 (Para receptores nacionales) y XEXX010101000 (Para receptores extranjeros). Estas claves se utilizan en los siguientes casos: (i) Trabajadores fallecidos, o (ii) Trabajadores extranjeros sin residencia en México. Esto es importante destacarlo para que se interprete con precisión de que un trabajador que no cumple con ninguna de las condiciones anteriores, no se le puede emitir un CFDI con RFC genérico.
Es necesario indicar que una de las validaciones contenidas en el “Estándar del XML” del Complemento de Nóminas, señala que “El atributo Comprobante.Receptor.Rfc debe estar en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT (l_RFC)”, lo que lleva a pensar que los RFC genéricos no pueden ser utilizados para su emisión. No obstante, en la práctica resulta posible utilizarlas siempre que se sigan los lineamientos correspondientes.
Ahora bien, el requisito para utilizarlas en el CFDI es que en el complemento de nómina, es mediante el uso del dato de la Clave Única de Registro de Población (CURP) del trabajador, según sea el caso, cualquiera de las siguientes: (i) para trabajadores mexicanos: La CURP del trabajador asignada por el Registro Nacional de Población (RENAPO); y para trabajadores extranjeros: XEXX010101HNEXXXA4 (Hombre) o, XEXX010101MNEXXXA8 (Mujer), según corresponda.
Adicionalmente, en el Régimen Fiscal del campo “Receptor” del CFDI, se debe utilizar la clave '605 - Sueldos y salarios', aun cuando se tenga registrado el RFC genérico, el cual no tiene un régimen asignado; sin embargo, así lo exige la “Guía de Llenado”, es decir, aun cuando la validación del RFC del receptor indica que debe ser uno de la 'Lista de RFC inscritos no cancelados', el sistema de validaciones contempla otra en la que sí se acepta el uso de los RFC genéricos, ya sea de un receptor nacional o de uno extranjero, según sea el caso como se explicó con anterioridad.
Con todos estos lineamientos es posible utilizar los RFC genéricos para la emisión de comprobantes de nómina, sin incurrir en problemas tributarios. No obstante, es importante recordar que para los trabajadores nacionales la CURP debe venir asignada por el RENAPO y para los extranjeros alguna de las CURP genéricas descritas anteriormente. Asimismo, en el régimen fiscal del campo receptor se debe utilizar la clave '605 - Sueldos y salarios'.
En conclusión, es posible emitir comprobantes de nómina en el CFDI 4.0 a través de RFC genéricos, siempre y cuando se sigan los lineamientos correspondientes. En este sentido, resulta vital que los responsables de los departamentos contables validen los sistemas de nómina para garantizar una emisión de documentos adecuada a las exigencias de la legislación fiscal.


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