Resumen: El Paquete Económico 2024
Como se anticipó previamente, se confirma la ausencia de una Miscelánea Fiscal para este ejercicio fiscal
El Paquete Económico 2024 es un tema de gran relevancia, ya que contiene información clave sobre las reformas fiscales y legales que se proponen para el próximo año. Como se anticipó previamente, se confirma la ausencia de una Miscelánea Fiscal para este periodo, lo que implica que no se llevarán a cabo modificaciones en la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, ni en el Código Fiscal de la Federación.
El 8 de septiembre el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, envió al Congreso de la Unión su propuesta de Paquete Económico, está integrado por los Criterios Generales de Política Económica, la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (LIF), el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PPEF) y la Ley Federal de Derechos (LFD).
Esta propuesta de reforma deberá ser aprobada, por ambas cámaras, a más tardar el próximo 31 de octubre, excepto en lo que se refiere al PPEF, el cual deberá ser aprobado a más tardar el 15 de noviembre únicamente por la Cámara de Diputados.
Se estiman ingresos tributarios en 14.4% del Producto Interno Bruto (PIB), la cifra más alta desde el año de 2018 superándolo en 1.7%. Este resultado es derivado de la actividad recaudadora y fiscalizadora del ISR y el IESPS, que alcanzarán niveles de 7.9 y 2.0% del PIB, respectivamente.
En lo general, de lo destacable es que las tasas de recargos se mantendrán iguales a las del año anterior, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, se causarán los recargos como sigue:
- Al 0.98 por ciento mensual sobre los saldos insolutos, por lo que aplicando lo dispuesto por el CFF se incrementarían en un 50% quedando en 1.47%.
- Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1.26% mensual.
- Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53% mensual.
- Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.82% mensual.
Como se aprecia se mantendrán iguales a las del año 2023, lo que significa que los contribuyentes deberán seguir cumpliendo con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma para evitar cargos adicionales. Se propone continuar con los siguientes estímulos fiscales y exenciones dentro de la Ley de Ingresos para 2024:
- Del IEPS para el diésel y el biodiésel y sus mezclas que se importen o adquieran.
- Del acreditamiento contra el ISR de los gastos por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta en un 50%.
- Del IEPS a los adquirentes que utilicen los combustibles fósiles.
- Del acreditamiento del derecho especial sobre minería para contribuyentes con ingresos menores a 50 millones de pesos.
- Exención del pago del derecho de trámite aduanero que se cause por la importación de gas natural.
- El estímulo a las personas físicas y morales que enajenen libros, periódicos y revistas, cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de la cantidad de 6 millones de pesos y represente al menos el 90 por ciento de los ingresos totales del contribuyente en el ejercicio de que se trate, consistente en una deducción adicional por un monto equivalente al 8% del costo de los libros, periódicos y revistas.
En relación con la Ley Federal de Derechos (LFD), se establece que en las operaciones de importación de mercancías en las que, de acuerdo con los tratados internacionales, no se deben aplicar cargos o derechos basados en su valor, se deberá efectuar el pago de un derecho de trámite aduanero de $407.82 por cada operación.
Asimismo, se contempla la imposición de derechos por el uso temporal de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico. En el caso de las autorizaciones para utilizar temporalmente bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se propone el pago de una cuota por concepto de derecho. Dicha cuota deberá realizarse en un plazo de tres meses a partir de la concesión de la autorización correspondiente.
Por otro lado, el artículo segundo de las disposiciones transitorias de la LFD establece la continuación del mecanismo establecido en el ejercicio fiscal 2023 para el pago de cuotas relacionadas con inspección y vigilancia, en conformidad con el artículo 29-D de la misma Ley. Este mecanismo se aplicará en el ejercicio fiscal 2024 y se extiende a diversas entidades del sector financiero, estableciendo bases mínimas para su cálculo y aplicación.
Finalmente, en cuanto al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación los programas prioritarios más importantes son la Pensión para Adultos Mayores, el Programa de Becas y Sembrando Vida.


Sobre el autor
Mtro. Adrián Alfonso Paredes Santana
Licenciado en Contaduría Pública y Abogado por la Universidad de Guadalajara, Maestro en Impuestos por Instituto de Especialización para Ejecutivos (IEE), Socio de las firmas PVE Consultores y ASMX Solutions
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