Última oportunidad para las donatarias autorizadas
Alerta a donatarias autorizadas sobre la fecha límite del 15 de febrero para declarar impuestos sobre ingresos no relacionados evitando sanciones

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles que el plazo para presentar la declaración anual de ingresos y erogaciones del año anterior cierra el 15 de febrero de 2024. Este requisito se debe cumplir a través del Formato 21 “Declaración Anual de personas morales con fines no lucrativos”, asegurando la coherencia de la información con la contabilidad para evitar sanciones.
Las donatarias deben estar atentas a la obligación de declarar el impuesto sobre la renta respecto a los no relacionados con sus fines autorizados, si estos exceden el 10% de los ingresos totales. Los ingresos exentos incluyen donativos, apoyos gubernamentales, enajenación de bienes, cuotas de integrantes, entre otros.
El incumplimiento de esta obligación fiscal puede llevar a la pérdida de autorización para recibir donativos deducibles, afectando la financiación y operación de estas entidades, además de posibles sanciones. La transparencia fiscal es crucial, ya que los ingresos declarados son reportados a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto y Cuenta Pública, y al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, destacando la importancia del cumplimiento en el sector no lucrativo.
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