La suspensión del plazo de prescripción de un crédito fiscal
El plazo de prescripción de un crédito fiscal se puede suspenderse, pero para lo que importante conocer cómo garantizar el interés fiscal a través de un juicio de contencioso

Recientemente, se ha emitido una importante jurisprudencia que afecta directamente a los contribuyentes y la administración fiscal, mediante la cual se confirma que el plazo de 5 años para la prescripción de un crédito fiscal se suspenderá si el contribuyente garantiza el interés fiscal al promover un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Es necesario entender que la garantía del interés fiscal es un elemento clave en este proceso, pues la jurisprudencia establece que, si al promover el juicio de nulidad, no garantiza el interés fiscal, el plazo de prescripción del crédito fiscal no se suspende. Esto implica que se debe ser proactivos al asegurar que cumplen con los requisitos necesarios para la suspensión del plazo de prescripción.
Además, es importante destacar que, si la autoridad fiscal no ejerce su derecho de cobro del crédito dentro del término de cinco años durante un juicio en el que no existe garantía del interés fiscal, pierde posteriormente la capacidad de ejecutarlo. Esta disposición ofrece una capa adicional de protección, pero también enfatiza la necesidad de que las autoridades actúen de manera oportuna.
Este cambio refleja un equilibrio entre los derechos de los contribuyentes y las responsabilidades de la autoridad fiscal, subrayando la importancia de la diligencia en los procedimientos fiscales para ambas partes de esta relación jurídica.
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