El Congreso aprueba el relevo de la COFECE: de órgano constitucional autónomo a autoridad sectorizada
El Congreso aprobó la reforma que sustituirá a COFECE por la Comisión Nacional Antimonopolio, organismo descentralizado sectorizado a Economía, modificando integración, designaciones y arquitectura institucional de competencia económica en México.

Antecedentes
El 30 de junio de 2025 concluyó en el Congreso de la Unión una de las reformas institucionales más relevantes para el derecho mexicano de la competencia desde la creación de la Comisión Federal de Competencia Económica como órgano constitucional autónomo en 2013.
El punto de partida había sido la reforma constitucional publicada el 20 de diciembre de 2024, mediante la cual se modificó el artículo 28 de la Constitución dentro del programa de simplificación orgánica del Estado. El nuevo texto dejó de configurar constitucionalmente a la COFECE y al Instituto Federal de Telecomunicaciones como autoridades autónomas y ordenó al Congreso expedir legislación secundaria en materia de competencia, telecomunicaciones y radiodifusión. Al mismo tiempo, la Constitución exigió que la futura autoridad de competencia contara con personalidad jurídica, patrimonio propio e independencia técnica y operativa, además de preservar la separación entre investigación y resolución.
La legislación secundaria avanzó durante junio. El Senado aprobó el dictamen correspondiente el 28 de junio y lo remitió a la Cámara de Diputados. Dos días después, San Lázaro aprobó la minuta y la envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. En la votación general de Diputados se registraron 323 votos a favor y 125 en contra; posteriormente, los artículos reservados fueron aprobados por 302 votos contra 113.
Problemática jurídica
La cuestión central no consistía en determinar si México seguiría contando con una autoridad antimonopolio. La reforma constitucional ya había preservado expresamente esa función.
El verdadero problema era qué clase de autoridad sustituiría a la COFECE y qué salvaguardas institucionales conservaría una vez perdida la autonomía constitucional.
La solución aprobada crea la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado a la Secretaría de Economía, con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía de gestión e independencia técnica y operativa en sus decisiones, organización y funcionamiento. Su objeto continuará siendo garantizar la libre concurrencia y competencia económica y prevenir, investigar y combatir monopolios, prácticas monopólicas, concentraciones y otras restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.
La diferencia institucional es, sin embargo, sustantiva: la COFECE era un órgano constitucional autónomo; la CNA se inserta dentro de la Administración Pública Federal como organismo descentralizado sectorizado.
Sectorización no significa subordinación automática
La precisión resulta particularmente importante para abogados de empresa.
La sectorización a la Secretaría de Economía modifica la posición institucional de la autoridad, pero no debería describirse simplemente como una subordinación jerárquica absoluta en cada expediente.
El diseño aprobado reconoce expresamente autonomía de gestión e independencia técnica y operativa. La autoridad investigadora conserva además una separación orgánica respecto del Pleno encargado de resolver los procedimientos.
No obstante, desaparece la garantía de autonomía directamente incorporada al diseño constitucional de la COFECE. La discusión futura se desplazará, por ello, hacia una cuestión práctica: si las garantías legales de independencia resultarán suficientes para aislar las decisiones de competencia de prioridades coyunturales de política económica, industrial o sectorial del Ejecutivo.
Esa pregunta no puede darse por resuelta el 30 de junio. Será el funcionamiento concreto del nuevo modelo el que permita evaluarla.
Cinco comisionados y un nuevo mecanismo de designación
El cambio también alcanza al órgano de gobierno.
La COFECE contaba con un Pleno de siete integrantes. La reforma reduce la nueva Comisión a cinco personas comisionadas, incluida su presidencia.
Las designaciones serán escalonadas y corresponderán a la persona titular del Ejecutivo Federal, sujetas a ratificación por la mayoría de las personas integrantes presentes del Senado —o de la Comisión Permanente durante los recesos—. Los cargos tendrán una duración ordinaria de siete años, sin posibilidad de desempeñarlos nuevamente. La presidencia será designada por el Ejecutivo entre las propias personas comisionadas.
La modificación contrasta con el sistema anterior.
Para ingresar al Pleno de la COFECE, los aspirantes debían participar en una convocatoria pública y acreditar requisitos ante un Comité de Evaluación, integrado en su etapa final por los titulares del Banco de México y del INEGI. El procedimiento incluía un examen especializado; posteriormente se remitía al Ejecutivo una lista de las personas con las calificaciones aprobatorias más altas, de la cual surgía la propuesta sometida al Senado.
La reforma elimina ese filtro técnico competitivo previo.
Esto no significa que las nuevas personas comisionadas puedan carecer de requisitos profesionales. Significa algo institucionalmente distinto: la evaluación mediante concurso y examen deja de formar parte del mecanismo constitucional de acceso al órgano de gobierno.
La competencia en telecomunicaciones también cambia de casa
La nueva Comisión tendrá además una competencia material más amplia que la antigua COFECE.
La reforma concentra en la CNA las funciones de competencia económica correspondientes a todos los mercados, incluidas aquellas que hasta ahora ejercía el IFT en telecomunicaciones y radiodifusión.
Entre las atribuciones previstas se encuentran cuestiones vinculadas con preponderancia, concentración de frecuencias, propiedad cruzada y determinadas medidas asimétricas en esos sectores.
Eso no significa que la CNA se convierta en el nuevo regulador integral de telecomunicaciones. Las funciones técnicas, concesionales y regulatorias del IFT siguen una reorganización separada.
Lo que sí ocurre es una unificación de la función antimonopolio: la competencia económica deja de estar dividida entre COFECE e IFT dependiendo del sector.
Desde la perspectiva empresarial, este cambio puede reducir disputas de competencia entre autoridades, pero también concentra en un solo organismo expedientes de enorme complejidad económica y técnica.
Una precisión decisiva: la COFECE todavía no desaparece
El título político de la reforma puede inducir a un error temporal.
El 30 de junio de 2025 el Congreso aprobó el decreto, pero esa aprobación no produjo la desaparición inmediata de la COFECE ni puso a la CNA en funcionamiento ese mismo día.
El régimen transitorio aprobado establece una sucesión ordenada. La integración de la nueva Comisión requiere el nombramiento y ratificación de sus cinco personas comisionadas y la designación de quien ocupará la presidencia. Hasta que se produzca esa integración, la transición institucional no se habrá completado. El propio diseño legislativo prevé la continuidad de procedimientos, actos, autorizaciones y normas regulatorias para evitar un vacío jurídico.
Por ello, al corte temporal de esta nota, la formulación correcta es que el Congreso ha aprobado la creación y futura puesta en funcionamiento de la CNA, mientras la COFECE continúa siendo la autoridad operativa durante la transición.
La promulgación y publicación del decreto constituyen todavía pasos posteriores al acto legislativo del 30 de junio.
Consecuencias prácticas y recomendaciones
Para las empresas, la reforma aconseja evitar dos reacciones extremas: asumir que todo cambia inmediatamente o considerar que únicamente cambia el nombre de la autoridad.
Los procedimientos de concentraciones, investigaciones y prácticas monopólicas requieren continuidad documental. Las compañías con asuntos en trámite deberían identificar con precisión qué autoridad inició cada expediente, qué normativa procesal lo gobierna y cómo operarán las reglas transitorias una vez que el nuevo Pleno quede integrado.
También conviene revisar los protocolos de contacto institucional. La CNA conservará separación entre investigación y resolución, por lo que deberán mantenerse las mismas cautelas respecto de comunicaciones, comparecencias, requerimientos y manejo de información privilegiada.
Para sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, el análisis es todavía más importante: las empresas deberán distinguir qué facultades pasan a la CNA y cuáles permanecerán bajo las nuevas autoridades sectoriales.
Conclusiones
La aprobación del 30 de junio de 2025 no extingue la política mexicana de competencia económica. Rediseña a su autoridad.
México pasa de un organismo constitucional autónomo con siete comisionados seleccionados mediante un procedimiento técnico previo, a un organismo público descentralizado, sectorizado a la Secretaría de Economía, con cinco integrantes propuestos por el Ejecutivo y ratificados por mayoría senatorial.
A cambio, la legislación conserva personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía de gestión, independencia técnica y operativa y separación entre las funciones de investigar y resolver.
La cuestión que queda abierta no es, por tanto, si México tendrá una autoridad de competencia. La tendrá.
La verdadera interrogante es cuánta independencia efectiva puede preservar una autoridad sectorizada cuando debe revisar concentraciones, sancionar poder económico y, eventualmente, adoptar decisiones contrarias a intereses relevantes de política pública o empresarial.
Esa respuesta no se encuentra todavía en el decreto aprobado. Se encontrará en la actuación de la institución que pretende crear.
Fuentes consultadas —corte temporal: 30 de junio de 2025
Diario Oficial de la Federación. Decreto de reforma constitucional en materia de simplificación orgánica, 20 de diciembre de 2024.
Senado de la República. Dictamen de las Comisiones Unidas de Economía y de Estudios Legislativos relativo a la reforma de la Ley Federal de Competencia Económica y de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, junio de 2025.
Senado de la República. Senado aprueba dictamen para modernizar modelo institucional en materia de competencia económica, 28 de junio de 2025.
Cámara de Diputados. Sesión extraordinaria y aprobación de la minuta en materia de competencia económica, 30 de junio de 2025.
Comisión Federal de Competencia Económica. Información institucional sobre la integración del Pleno y el procedimiento de selección de personas comisionadas bajo el régimen previo.


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