Ampliación de la procedencia del incidente por defecto
Mediante una contradicción de tesis se amplía el alcance del incidente para incluir la revisión y control del cumplimiento de la suspensión provisional
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido un fallo importante sobre la procedencia del incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión en el amparo indirecto. Determinado que el incidente es aplicable también para revisar o controlar el cumplimiento de la suspensión provisional, además de la definitiva como se contemplaba anteriormente.
Este fallo surge de una contradicción de criterios entre diversos Tribunales Colegiados de Circuito, la Corte argumentó que la Ley de Amparo implica la procedencia de dicho incidente para la suspensión provisional, basándose en la premisa de que las reglas de la suspensión definitiva también rigen la provisional. Además, destacó que, si el Congreso hubiera querido limitar la procedencia del incidente a la suspensión definitiva, lo habría especificado claramente.
Por lo tanto, se determinó que aun cuando en el artículo 206 de la Ley de Amparo únicamente se contempla su procedencia en el cumplimiento de la suspensión de plano o definitiva, debe interpretarse considerando lo dispuesto en los artículos 97, fracción I, inciso g) y 157, que dicho es procedente también para revisar o controlar el cumplimiento de la suspensión provisional.
Además, se aclaró que el recurso de queja contra resoluciones de este incidente no pierde relevancia, aunque se resuelva sobre la suspensión definitiva durante su tramitación. Esto se debe a que el incidente tiene un propósito más amplio que simplemente asegurar el cumplimiento de la suspensión; incluye también la determinación de responsabilidades por desacato o incumplimiento indebido.
Este fallo es fundamental para garantizar un mayor control sobre el cumplimiento de las suspensiones provisionales en el proceso de amparo, asegurando así la efectividad de las medidas cautelares y el respeto a las decisiones judiciales.
#DerechoConstitucional #AmparoIndirecto #SupremaCorte #Justicia #México


Sobre el autor
Consejero Empresarial
Sitio digital de asesoría integral corporativa
Sigue leyendo


