Se acerca el plazo para la presentación del dictamen de contador público autorizado para efectos del Seguro Social, de conformidad con el artículo 161 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), señala que el 30 de septiembre es la fecha límite para su presentación.
Recordemos que algunos patrones están obligados a cumplir con dictaminar su cumplimiento en materia de seguridad social por un contador público autorizado; es aplicable para aquellos que cuenten con un promedio anual de 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, o cuando opcionalmente así lo avisen. El cual se deber
- El dictamen debe ser presentado a través del Sistema de Dictamen Electrónico (SIDEIMSS).
- Para usar el SIDEIMSS se puede consultar su Manual del usuario.
- Para cualquier situación especial el IMSS cuenta con soporte mediante el envío de un mensaje al correo electrónico soporte.dictamen@imss.gob.mx.
Antes de enviar el dictamen es importante que se verifique y revise el Dictamen en lo siguiente:
- Que incluya la información completa.
- Que la información corresponda al patrón y al ejercicio.
- Que el archivo no tenga errores y corresponda al dictamen.
- Si como resultado de la revisión se generan cuotas obrero-patronales a cargo, se debe verificar que correspondan a la totalidad de las observaciones, y se emita o emitan las líneas de captura para pago a través del SIDEIMSS.
- Que se haya enviado los avisos afiliatorios observados en el dictamen.
Al verificar estos puntos se puede reducir el riesgo de no tenerse por presentados, o en cumplimiento lo observado mediante el dictamen. Así, se podrán evitar las sanciones contempladas en el artículo 176 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.