
Ahora bien, atendiendo a lo expresamente detallado en los artículos antes
reproducidos, habremos de apreciar que la protección de la Denominación de Origen es concedida de forma más específica a productos que:
a) Son originarios de una zona geográfica.
b) La calidad o las características del producto se deban exclusiva o
esencialmente a la referida zona geográfica.
c) Tal calidad o características deben obedecer a factores naturales y
humanos, por virtud de los cuales el producto haya adquirido esa
reputación.
Por su parte la Indicación Geográfica, concede la protección a productos que:
a) Sean originarios de una zona geográfica.
b) La calidad, reputación u otra característica del producto sea imputable
fundamentalmente a su origen geográfico.
En esas condiciones, la Indicación Geográfica, a diferencia de la Denominación de Origen, excluye a los factores naturales y humanos, que resultan imprescindibles para que el estado mexicano conceda tal protección, siendo por tanto menos complejo el reconocimiento de la citada Indicación.
El procedimiento para iniciar el trámite de la Declaración de Protección se
encuentra comprendido en los artículos 165 al 165 BIS 13 de la Ley de la
Propiedad Industrial, destacando la participación especial que nuestra legislación brinda a las Normas Oficiales Mexicanas a las que deberían sujetarse los productos que soliciten la referida declaración, así como los estudios técnicos justificativos.
Mención especial debe tener en el “procedimiento de oposición” a la declaración de una Denominación de Origen o Indicación Geográfica, que cualquier tercero que justifique su interés podrá iniciar en contra de la solicitud de declaración, cuando ésta sea publicada, en el que de manera precisa habría de formular observaciones, objeciones y aporte pruebas, este procedimiento resulta atinado, pues debemos recordar que no hace mucho tiempo, se iniciaron diversos procedimientos y juicios por productores y envasadores de mezcal derivado de la ampliación de protección a la Denominación de Origen que tal bebida tiene reconocida, situación que al día de hoy ha recorrido un considerable número de
juzgados, instancias, etapas procesales y demás medios de defensa.
Otro gran beneficio es que los citados derechos de Propiedad Industrial, no están sujetos a una vigencia o temporalidad expresamente definida, prueba de ello a nivel internacional, es el reconocimiento que internacionalmente tiene la Denominación de Origen “Champagne” la cual data del año 1887 o “Roquefort” que para no ir muy lejos obtiene sus primeros reconocimientos, mediante una Cédula Real emitida por el rey Carlos V.
En nuestra opinión, el mayor de los beneficios que se obtienen con la declaración de una Denominación de Origen o Indicación Geográfica, es el reconocimiento en el extranjero que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial debe gestionar conforme a tratados, acuerdos y legislación de cada país que haya asumido tales compromisos internacionales, de igual forma, el estado mexicano estará obligado a reconocer y ser recíproco con las correspondientes Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de aquellos productos cuando lleguen al mercado
nacional.
Resultando indispensable que las aduanas mexicanas cuenten con la debida
capacitación en este rubro, pues bastará conocer y estudiar las acciones que autoridades aduaneras de otros países (España, Francia, Italia, Cuba) han llevado a cabo respecto del comercio de productos que de manera falsa ostentan estar protegidos por una Denominación de Origen o Indicación Geográfica, habiendo sido producidos en zonas geográficas ajenas y distantes a las que en derecho les corresponde.
Con todo lo anterior, la riqueza de nuestra nación en cuanto a los productos que cada zona, municipio, estado o región ofrece a los consumidores tanto a nivel nacional e internacional es incalculable, con la inclusión de la Indicación Geográfica en la legislación nacional, mayores serán las posibilidades de protección y reconocimiento internacional, sin embargo, en la experiencia que hemos vivido, el gran reto estará en lograr la unidad de los productores de aquellas mercancías que puedan ser susceptibles de lograr los referidos derechos de Propiedad Industrial, pues en dicha unión estriba el beneficio sea colectivo, de lo contrario las imitaciones o falsas indicaciones serán la constante que a la postre lleven a diluir o inclusive desaparecer la elaboración de tales productos distintivos de ciertas zonas, donde las tradiciones, los elementos culturales, transmisión del conocimiento generacional e inclusive las empresas familiares juegan un papel primordial.
La difusión y apoyo que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, junto con la Secretaría de Economía, los gobiernos de los estados y municipios, es trascendental, ya que las uniones, asociaciones, cofradías y agrupaciones de personas que elaboran productos que puedan ser objeto de protección, suelen encontrarse alejadas de los núcleos urbanos, por ello se deberá estar acudiendo al campo, a los pueblos y demás zonas donde se encuentran y refugian estas empresas.
La mejor muestra con la que hoy vivimos y convivimos como mexicanos, que indiscutiblemente ya forma parte de nuestra identidad, la encontramos con las Denominaciones de Origen de Tequila y Mezcal, cuando uno viaja fuera de nuestras fronteras genera gusto ver el consumo y aprecio que los extranjeros tienen por tales productos, de igual forma, bastará acudir a las municipalidades y zonas que tienen reconocida tal protección, para advertir que coincidentemente algunas han sido reconocidas como “Pueblos Mágicos” y por ello el desarrollo y crecimiento del turismo en tales regiones es constante, la percepción económica de los habitantes ha incrementado y se coloca a México cada vez más dentro del
plano internacional.
Algunas de las Indicaciones Geográficas Nacionales que se han solicitado:
CHILE POBLANO
PULQUE DE HIDALGO
XTABENTUN DE LA PENÍNSULA DE YUCATÁN
DURAZNO CRIOLLO DE CALPAN
PERA LECHERA DE CALPAN
MANZANA PANOCHERA DE ZACATLÁN
MEZCAL DE OAXACA
De acuerdo al portal
http://www.impi.gob.mx/repomarcanet/DoctosMarcaNet/IndicacionesGeografica
sInternacionales.xlsx, en México se tienen reconocidas 385 indicaciones
geográficas, destacando principalmente vinos, licores, aguardientes,
bebidas espirituosas, destilados y café.
Como referencia para conocer los alcances económicos en materia de
Denominación de Origen e Indicaciones Geográficas y la falsificación de
tales productos se sugiere ver el documental Sour Grapes en la plataforma
Netflix.