
Mtro. Luis Felipe Mayorquín Vélez
Doctor en Derecho por la Universidad San Pablo CEU, Madrid, LL.M.; Maestría (“Master in Laws”) por la Universidad de Texas en Austin, Especialidad por la Escuela Libre de Derecho; Abogado por la Benemérita Universidad de Guadalajara. Socio Director de Mayorquín Vélez y Asociados, S.C. (est. 1999). Corredor Público número 44 de la Plaza del Estado de Jalisco.
Podemos decir, para fijar el campo de análisis, que es la información que se encuentra en internet y que puede clasificarse por género, especie, subespecie, tipo y volumen, similar a la clasificación taxonómica general de: dominio, reino, división, clase, orden, familia, género y especie.
EDS Robotics nos señala en su artículo del 21 de febrero de 2021 (https://www.edsrobotics.com/blog/big-data-que-es-ventajas-desventajas/) que las principales características del Big Data son por su forma de la clasificar la información: volumen, velocidad, variedad, visualización, veracidad y valor, entendiendo por ello lo siguiente:
- Volumen: es el tamaño de paquetes de datos de información (gigabytes “GB” y zettabytes “ZB”).
- Variedad: según el tipo de información: estructurada, no estructurada, semi-estructurada.
- Veracidad: a mayor veracidad en los datos, mayor probabilidad de éxito en la decisión.
- Visualización: organizar los datos de manera que sean mas comprensibles y accesibles para la toma de decisiones.
- Valor: los datos deben de tener un valor para las personas y las empresas y que estas salgan beneficiadas del uso de estos datos.
De entre los beneficios podemos señalar los siguientes:
- Mayor rapidez en la toma de decisiones
- Mejora en los planes estratégicos y de marketing
- Mayor eficiencia
- Mayor fidelidad de los clientes
Ahora bien, ¿cómo se relaciona lo anterior con la Correduría Pública en México? Pues podemos analizarlo desde varios ángulos: 1. El Corredor Público genera mucha información que termina en bases de datos de acceso público, por ejemplo, todas las pólizas que son inscritas en el Registro Público de Comercio, en las que en cada una de ellas, implica información sensible y no sensible y en las que hubo consentimiento de las partes tendiente a la consecución del fin o del acto que se consigna en dichas pólizas y, una vez en internet, la información y su acceso y tratamiento se vuelve difuso.
Existen lineamientos generales como el derecho a la personalidad, a la propia imagen y a la propia identidad como parte de la protección de datos personales, sin embargo, ¿qué tan válido es que el consentimiento otorgado para un fin sea utilizado posteriormente de manera aleatoria por un algoritmo para otro fin?, para lo cual nosotros no tenemos ni visibilidad ni control y probablemente, en su uso ya no exista identidad o relación entre la persona que otorgó su información y la finalidad para la cual esa información fue tratada en el futuro. Podría inclusive no haber ninguna relación entre el acto inicial y el acto futuro.
Quizás la clave es que la Big Data trate las conductas sin identificar a las personas, es decir, que se despersonalice la acción a fin de que no pueda ser identificada con el origen de quién proporciona la información inicialmente. Algo similar al dicho popular de “se dice el pecado mas no el pecador”, o en otras palabras, se destaca la conducta o la acción sin mencionar quién la hizo o quién fue el sujeto que la originó.
Pensemos actualmente en la pandemia y cómo han cambiado los llamados protocolos de seguridad; les pongo un ejemplo reciente: me solicita una empresa transnacional importante llevar a cabo un avalúo respecto a todo su inventario de maquinaria y equipo. Es una empresa que ya tiene tiempo y cuenta con equipos muy viejos y totalmente depreciados, pero en muy buenas condiciones de uso y con una vida útil remanente importante. Desea llevar a cabo este avalúo con la finalidad de una reexpresión de activos en sus estados financieros; para el ingreso a su planta me pide que cumpla con sus protocolos de seguridad, lo cual podría sonar normal, al solicitarme solicitan el certificado de vacunación, indicando el tipo de vacuna que tengo, así como información personal sensible en cuanto a mi historial médico.
Además, tengo que llenar cuestionarios médicos en donde me piden que informe si he viajado y a dónde en los últimos catorce días, esto aunado a que antes de ingresar se me realizará un examen y valoración médica mediante un estudio de prueba de antígeno con hisopo. Por un lado, estoy interesado en prestar el servicio, ya que es parte de mi actividad como corredor público y representará un avalúo importante desde el punto de vista económico, tanto para la empresa, como para mí, pero para llevarlo a cabo, tendré que entregar un cúmulo de información que si fuera tratada con la finalidad que me notifican, pues no debería de tener mayor problema, sin embargo, si esta empresa hace lo mismo con todos sus proveedores y empleados, y captura y procesa dicha información pues ya empieza a generar cierta estadística, cierto perfil, cierta conducta, ciertos hábitos, los cuales podrán ser tratados con muchas otras finalidades las cuales probablemente ni siquiera la propia empresa pudiera vislumbrar, controlar, o limitar, pues se empieza a salir de control.
No se diga, si esta información queda expuesta o vulnerable, pues las consecuencias se vuelven ilimitadas, para bien o para mal. Si a esto le agregamos el factor del “tiempo”, en donde conforme siga evolucionando la tecnología estas bases de datos se vuelvan menos vigiladas en un futuro, porque ya no son una prioridad, quizás, por ejemplo, ya que pase la pandemia, y por otro lado, más vulnerables con herramientas cada vez más sofisticadas por parte de “hackers” o algoritmos que podrán tener acceso a ella, sin que nos enteremos, pues no podemos ver los alcances de hasta dónde podría llegar. Al estar identificada la persona de origen con su nombre, información, hábitos, conductas, todo ahí en bases de datos o en internet, y todo esto relacionado por algoritmos que nos identifican a través de nuestras direcciones IP que sería como nuestro nombre tecnológico. De hecho, la dirección IP, es una dirección única que identifica a un dispositivo en internet o en una red local en donde IP significa “protocolo de Internet”; y es donde los algoritmos relacionan toda nuestra información y vamos dejando detrás una estela como la que deja un avión, mas esta no desaparece, queda ahí por mucho tiempo, si no es que para siempre.
Las legislaciones de algunos países comienzan a dar pasos tendientes a que se elimine información y le han denominado el “derecho al olvido”, pero no sabemos con certeza si esto será algo bueno o no. De hecho, se está debatiendo como una posibilidad desaparecer información de internet, pero es bien sabido que el derecho evoluciona a una velocidad muchísimo más lenta que el avance tecnológico, es decir, que para cuando alguien solicite su “derecho al olvido”, pues probablemente su información ya haya sido utilizada o tratada de múltiples maneras, y se vuelva irrelevante si está fuera aparentemente eliminada, ya que nunca se tendría la certeza o seguridad de que efectivamente esa información ya no está disponible.
Quizás la solución podría ser concentrarnos en lo que sí está a nuestro alcance, es decir, en aquellos actos o conductas que sí deseamos realizar o dar a conocer, o simplemente, que no tengamos problema en que sean conocidos por terceros.
Los datos que se otorgan en los instrumentos públicos ante corredor, los cuales por su naturaleza se inscriben en el Registro Público de Comercio a efecto de darles publicidad y que estos sean oponibles frente a terceros, pueden ser fácilmente tratados como parte de la Big Data bajo los criterios arriba mencionados de volumen, velocidad, variedad, visualización, veracidad y valor. Esa información relacionada por algún algoritmo podrá generar claramente huellas para ser utilizadas de cualquier manera o con cualquier finalidad. Por ejemplo, al constituir una sociedad, se establece quiénes son los socios, cúal es el capital social, qué actividad preponderante tendrá, quiénes toman las decisiones, cómo se tomarán las decisiones, además de información de las personas que intervienen en el acto, es decir, de los accionistas o de los socios, su estado civil, su profesión, su edad, su lugar y fecha de nacimiento, su domicilio, además, en algunos casos, si cuentan con opinión favorable ante el SAT y declaraciones de que no se encuentran bajo los supuestos previstos por los artículos 69-b del Código Fiscal de la Federación
Asimismo, en actos posteriores, manteniéndonos con este ejemplo de la nueva sociedad, podría haber aumentos de capital, disminuciones, fusiones, escisiones, transformaciones, disoluciones, liquidaciones y con ello cada uno de estos actos arrojaría una serie de datos que un algoritmo podría tratar y establecer tendencias de lo que ha ido pasando en dicha sociedad, cómo ha ido evolucionando y cómo han ido cambiando las personas que en ella intervienen o han intervenido, si han solicitado créditos, por qué montos, si compraron alguna otra sociedad, si ingresaron nuevos accionistas, quienes salieron, es decir, información que al final de cuentas quizás sí se ve de manera individual pues no dice mayor cosa, no obstante, si se analiza el conjunto de información y se le vincula esa información con otra información que está disponible para otros efectos, irán dejando claramente huellas de conducta que las personas que en ella intervienen no tienen ni idea de lo que está sucediendo, por qué y para qué.
No estamos diciendo que esto sea malo, solamente estamos reflexionando sobre lo que está pasando en alta velocidad, es decir, estamos haciendo una pausa para poder pensar.
Por otro lado, parece que pronto llegaremos a cierto grado de despersonalización, es decir, que llegará un momento en que se podrá saber mucho de cualquier persona, bueno y malo. Si la información que esa persona, directa o indirectamente, mediante su consentimiento expreso o tácito otorga a sitios de internet de cualquier naturaleza y esos sitios transmiten esa información para sus procesos y finalidades particulares, esa información individual se empieza a recopilar con otras finalidades comerciales o publicitarias o de cualquier otra naturaleza, pues prácticamente todos estamos expuestos, así que tendremos que dejarnos de tantos prejuicios y con todo esto seguramente la tendencia será regresar a las conductas o valores esenciales de la persona, es decir, que tendremos que volver a concentrarnos en lo esencial, en los valores fundamentales y principios rectores de la conducta humana.
Probablemente, tendremos que establecer reglas básicas universales como las que pensó hace más de 70 años Isaac Asimov, respecto a las tres reglas fundamentales de la robótica, las cuales pongo aquí como ejemplo para dejar clara la idea de la universalidad de estos conceptos (https://psicologiaymente.com/cultura/leyes-de-robotica):
- No causar daño:
La primera ley de la robótica de Asimov dice así: “Un robot no puede dañar a un ser humano ni, por inacción, permitir que un ser humano sufra daño”. En la actualidad, podemos pensar en un ejemplo coche autónomo que, para evitar un choque, aunque esté circulando correctamente, para no causar daño se detiene o hace una maniobra para evitar dañar a otro ser humano.
- Cumplir las órdenes:
La segunda de las leyes de la robótica de Asimov establece que: “Un robot debe cumplir las órdenes de los seres humanos, excepto si dichas órdenes entran en conflicto con la Primera Ley”.
- Proteger la propia existencia:
Finalmente, la tercera ley de la robótica dice: “Un robot debe proteger su propia existencia en la medida en que ello no entre en conflicto con la Primera o la Segunda Ley”.
En conclusión: La Big Data existe y crece de manera vertiginosa para bien o para mal y habrá que estar conscientes de esto. Más que regularlo o combatirlo, habrá que adaptarse a ello lo antes posible o sino caer en la desactualización o en la desconexión del acceso a la información. Para los fedatarios y usuarios de internet en general, habrá que tener los consentimientos de nuestros clientes o usuarios claramente redactados para evitar posibles demandas o responsabilidad que pudiera derivarse de los actos jurídicos que pasen ante nosotros, ya que al subir nuestros instrumentos al registro público de comercio, perdemos total control sobre la información que nos fue confiada. Conforme vaya evolucionando la Big Data y su manejo o tratamiento iremos todos aprendiendo y adaptándonos a los cambios que ello implique.